Formacion

Estudios de protocolo en madrid

Países del Protocolo de Madrid

En noviembre de 2021, ARISE+ IPR organizó una “Formación previa a la adhesión al Arreglo de La Haya” y un “Taller regional sobre el Protocolo de Madrid”. El evento proporcionó apoyo continuo a los Estados miembros de la ASEAN (AMS) en su preadhesión y postadhesión al Arreglo de La Haya relativo al Registro Internacional de Dibujos y Modelos Industriales y al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas. Fue la continuación de estudios y formaciones anteriores realizados en el marco del Plan de Trabajo Anual 1-3.

Texto íntegro del Protocolo de Madrid

El Protocolo consta de seis anexos. Los Anexos I a IV se adoptaron en 1991 junto con el Protocolo y entraron en vigor en 1998. El Anexo V sobre Protección y Gestión de Zonas fue adoptado por separado por la 16ª RCTA en 1991 y entró en vigor en 2002. El Anexo VI sobre Responsabilidad derivada de Emergencias Medioambientales fue adoptado por la 28ª ATCM en Estocolmo en 2005 y entrará en vigor una vez aprobado por todas las Partes Consultivas.

El Protocolo de Medio Ambiente estableció el Comité de Protección del Medio Ambiente (CEP) como órgano consultivo de expertos para asesorar y formular recomendaciones a la ATCM en relación con la aplicación del Protocolo de Medio Ambiente. El CEP se reúne cada año conjuntamente con la ATCM.

Madrid internacional

El objetivo de esta actividad es aprovechar la celebración de los 10 años de adhesión de México y Colombia al Protocolo de Madrid, organizando una conferencia para promover la adhesión tanto al Protocolo de Madrid como al Arreglo de La Haya. Esta conferencia será también una oportunidad para presentar los resultados de los siete estudios desarrollados en IP Key LA, y para que los países latinoamericanos compartan sus experiencias entre ellos. Además, esta actividad servirá para dar apoyo a aquellos países interesados en adherirse a los Protocolos de La Haya y de Madrid.

Perfiles de los miembros de Madrid

El Protocolo de Madrid es un sistema internacional que permite obtener protección para una marca en varios países y/o regiones mediante una única solicitud. La protección (un “registro internacional”) sólo puede obtenerse en los países y regiones que se han adherido al sistema (países miembros), que se enumeran a continuación.

Otro es la Unión Europea (UE): todos los Estados miembros de la Unión Europea (con el Benelux tratado como uno solo – véase más arriba), excepto Malta (que actualmente no está en el Sistema de Registro Internacional), pueden ser designados por separado, además o como alternativa.

Tenga en cuenta que no es posible designar por separado a los países miembros de la OAPI; tampoco es posible presentar solicitudes nacionales independientes en los países miembros, ya que éstos han decidido que la protección de las marcas se realice únicamente a través de la OAPI.

Cualquier empresa del Reino Unido, o cualquier ciudadano del Reino Unido, puede presentar una solicitud si dispone de una solicitud o registro en el Reino Unido. Otras empresas podrán presentar una solicitud si están relacionadas con un país o región miembro y disponen de una solicitud o registro de marca para dicho país o región.